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¿CUÁNTO ME COSTARÁ CONTRATAR UN PRÉSTAMO HIPOTECARIO?

20 de Febrero de 2001, 12:09


Además de la cuota que tendremos que abonar mensualmente, tendremos que hacer
frente a una serie de gastos que suelen suponer entre el uno y el dos por ciento
del valor total de la vivienda. Por lo tanto te recomendamos que a la hora de
contratar un préstamo hipotecario, no sólo te fijes en la cuota de amortización
que tendrás que pagar cada mes, sino que además tendrás que tener en cuenta otro
tipo de gastos, como son los siguientes:



- La comisión de apertura que será un porcentaje sobre el importe del préstamo
y que se pagará al inicio de la operación (suele oscilar entre el 0 y el 2,5%).


- La tasación de la vivienda que se pagará a la sociedad de tasación que
se encargó de calcular el valor del inmueble. Suele oscilar entre el 0,8 y el
1 por mil del valor de la vivienda.

- El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados que no se calculará sobre
el importe del préstamo, sino que se hará sobre el importe que resulte de sumar
al principal del préstamo, un porcentaje del mismo en concepto de intereses, costes
y gastos (el total a pagar por este impuesto suele rondar el 1 % del importe de
la hipoteca).

- Los gastos de registro que se producen al solicitar información al Registro
de la Propiedad sobra la vivienda que vamos a comprar y al registrar en dicho
organismo tanto las escrituras que certifican que nosotros somos los nuevos dueños
del inmueble, como la que certifica que tenemos un préstamo hipotecario.

- El pago que tendremos que hacer al notario por la prestación de
sus servicios, ya que éste es el que da fe pública de las escrituras de compra-venta
y del préstamo hipotecario, así como de su posterior inscripción en el Registro
de la Propiedad.

- Los gastos de la gestoria, ya que ésta será la encargada de los
diferentes trámites administrativos.

- Y por último la comisión de cancelación anticipada, que es un porcentaje
sobre el importe amortizado anticipadamente y tan sólo lo pagaremos en el caso
de que se produzca dicha amortización, ya sea total o parcial (es un concepto
que dependerá de la entidad con la que contratemos la hipoteca y que en el caso
de tratarse de una hipoteca a interés variable será como máximo
del 1 % sobre el importe amortizado anticipadamente).