Hipotecas, pensiones...
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El pleno de la cámara baja aprobará hoy sendas normas que reforman las actuales para jubilados e hipotecados.
AGENCIAS - Madrid
Cambiar las condiciones de un
crédito hipotecario costará hasta un 80% menos y jubilarse a los 70 años supondrá un incremento en la pensión de hasta un 15%. Ambas premisas se cumplirán si, como está previsto, el Pleno del Congreso de los Diputados supera hoy el último trámite de la
ley de reforma del mercado hipotecario y el de la
ley de medidas en materia de Seguridad Social. Una vez que ambas normas reciban el visto bueno del Congreso pasarán directamente al Boletín Oficial del Estado (BOE) para salir publicadas y entrar en vigor.
El paso por el Senado ha perfilado ambas leyes de cara a su pronta aprobación. Las enmiendas de la cámara alta en materia de Vivienda han incorporado a la norma la recuperación de la regulación de la hipoteca de máximos o flotante porque mejora la financiación de las pymes. También se incluyó la posibilidad de que se formalicen hipotecas inversas sobre otro tipo de bienes inmuebles que no sean la vivienda habitual, pero esta medida no tendrá beneficios fiscales.
En cuanto a la
ley sobre medidas en materia de Seguridad Social, los trabajadores que se jubilen con 66 o más años verán aumentada un 2% su pensión por cada año cotizado a partir de los 65. Este porcentaje se elevará al 3% si se acreditan carreras de cotización de 40 años, con lo que se llegaría al 15% citado. La norma establece además que en los casos en que se supere la pensión máxima, se reconocerá el derecho a percibir anualmente una cantidad a tanto alzado, cuyo importe dependerá de los años cotizados.
Esta reforma de la Seguridad Social es fruto del acuerdo que firmaron Gobierno, patronal y sindicatos el pasado 13 de julio de 2006. El Consejo de Ministros aprobó el proyecto de
ley el mes de febrero; el 13 de septiembre fue ratificado por la cámara baja y el pasado día 7 de noviembre, en la alta. La norma sobre vivienda ha contado con un importante consenso, tanto en su tramitación en el Congreso como en el Senado.
Principales novedades de la reforma hipotecaria
-Cancelación: La compensación por cancelación de una hipoteca pasa del 1% actual al 0,25%. Con esta rebaja, cancelar una hipoteca media de 150.000 euros a 27 años pasa de los 1.500 euros actuales a 375 euros.
-Subrogación: El cambio de la hipoteca de un interés fijo o mixto a una de tipo variable tendrá el mismo coste, un 0.25% o 375 euros para una hipoteca tipo, con la excepción de aquellos créditos que en el momento del cambio los tipos de interés estén por debajo del tipo al que se contrató el préstamo.
-Aranceles notariales: Pasar por el notario tendrá un precio fijo de 30 euros frente al coste actual, que se establece en función del valor de los bienes y con un mínimo de 90 euros.
-Aranceles registrales: La bonificación del 90% que actualmente sólo se aplica a la subrogación o renovación de una hipoteca que pase de un interés variable a uno fijo ?para el resto es del 75%- se amplía a todas las hipotecas. Así, por la cancelación de una hipoteca media habrá que pagar 52,5 euros frente a los 300 actuales.
-Coste registral: La tasa pasa de 111 euros a 25.
-Hipotecas inversas: Quedan exentas del impuesto de actos jurídicos y documentales y se reduce el coste de los aranceles notariales
-Deducciones de hasta 10.000 euros: Los titulares de una hipoteca inversa podrán desgravarse un máximo de 10.000 euros en el IRPF si destinan el importe de la hipoteca inversa a planes de pensiones.
Principales novedades de la reforma de las pensiones
-Periodo mínimo de cotización: El tiempo mínimo para acceder a una pensión pasa de 12,5 a 15 años efectivos al no computarse las pagas extraordinarias.
-Extender la vida laboral: Los trabajadores que se jubilen después de los 65 recibirán un 2% más de su pensión por cada año cotizado a partir de esta edad. El aumento llega al 3% si se acredita tener más de 40 años cotizados.
-Pensión máxima: En caso de que se supere la cantidad máxima, se percibirá una cantidad a tanto aplazado en función de los años cotizados.
-Servicio militar: La 'mili' se computará como tiempo cotizado para las jubilaciones parciales.
-Jubilación adelantada: La norma reduce la edad de retiro para las personas con discapacidad y mejora las pensiones para quienes se prejubilaron antes de 2002.
-Despidos y EREs: Mejoras para los trabajadores que se jubilen anticipadamente tras un despido si tienen un mínimo de
35 años cotizados. Acogerse a un Expediente de Regulación (ERE) se considerará extinción involuntaria de la relación laboral.
-Parejas de hecho: Se reconoce la pensión de viudedad para las parejas de hecho.
Saludos.