No hay crédito ni para una VPO... (la vivienda sera semigratuita)
Quince bancos les deniegan una hipoteca pese a ser indefinidos y pierden su VPO
20MINUTOS.ES/Vídeo:ATLAS. 29.08.2008 - 13:47h Ambos cuentan con contratos laborales indefinidos.
La vivienda tenía un coste total de 270.000 euros.
A Esteve Ripoll y a su pareja les correspondió un piso de VPO el pasado mes de febrero en Barcelona. La pareja, que cuenta con sendos contratos indefinidos, acudió a quince bancos y ninguno de ellos les quiso conceder la hipoteca necesaria.
La negativa de las entidades bancarias ha supuesto que hayan perdido el piso pese a contar con todos los requisitos exigidos por la Administración para acceder a la vivienda -incluidos unos ingresos que se consideran mínimos para hacer frente a los pagos-.
Es como si te dan un caramelo y luego te lo quitan
La vivienda tenía un coste total de 270.000 euros y esta pareja barcelonesa tendría que haber hecho frente a una letra de 1.200 euros mensuales, algo que consideraron viable ya que sus ingresos mensuales ascienden a unos 3.000 euros, según recoge el diario La Vanguardia.
El piso forma parte de una promoción de viviendas situada en el número 360 de la calle Pallars, cerca de Diagonal Mar, una zona privilegiada por su proximidad al mar y por encontrarse próxima a la Diagonal, que cruza Barcelona.
Además, contaba con casi ochenta metros cuadrados, balcón, trastero y garaje. "Es como si te dan un caramelo y luego te lo quitan", afirma Esteve.
El piso contaba con casi ochenta metros cuadrados, balcón, trastero y garajeEn España se han concedido en el último año un 40 por ciento menos de hipotecas que el año anterior. A raíz de las crisis económica las entidades bancarias han endurecido las condiciones bancarias y reducido el número de préstamos. "Nos reconocieron que hace un año sí nos la habrían dado" , asegura Esteve, quien de momento deberá seguir en alquiler.
Vivienda de Protección Oficial
Según recoge el Ayuntamiento de Barcelona, las VPO son viviendas destinadas a ser domicilio habitual, con una superficie útil máxima que no puede exceder los 90 m2 -excepto en los supuestos de familia numerosa, que puede llegar a 120 m2- y que están sujetas a una normativa propia.
Hay dos tipos de viviendas protegidas. En primer lugar, las de régimen general, que son viviendas destinadas a adquirientes, adjudicatarios o promotores individuales para uso propio que tengan unos ingresos familiares ponderados no superiores a 5,5 veces el salario mínimo interprofesional, y siempre que el precio de venta no supere el fijado legalmente.
Y, en segundo, de régimen especial: viviendas destinadas a adquirientes, adjudicatarios o promotores individuales para uso propio que tengan unos ingresos familiares ponderados no superiores a 2,5 veces el salario mínimo interprofesional, y siempre que su precio de venta no supere el fijado legalmente.
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